¿Cómo debe comportarse un administrador de condominios al considerar trabajos de techado en un edificio de condominios?

Si la obra implica la instalación de techos en edificios existentes, el cliente, en este caso el administrador del condominio, deberá encargar a un técnico cualificado la elaboración de un Documento Técnico para los dispositivos permanentes de protección contra caídas. El Documento Técnico deberá adjuntarse a:

  • a la solicitud de conformidad edificatoria y habitabilidad o a la notificación de finalización de obras para intervenciones sujetas a régimen de permiso y para aquellas sujetas a notificación de inicio de obras (CIL), de conformidad con el art. 7, apartado 4, de la Ley Foral 15/2013;
  • al proyecto final de intervenciones relativas a obras públicas de interés estatal, regional, provincial o municipal,

y se conservan para las intervenciones sujetas a la libre actividad constructiva de conformidad con el art. 7 apartado 1 de la Ley Regional n. 15/2013, y para todos los demás casos en los que se instalen dispositivos permanentes, suministrados con la obra, para evitar caídas de altura.

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